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Requisitos para protección por gastos médicos

Toda víctima de siniestros de tránsito tiene derecho a ser atendida en todos los establecimientos de salud públicos o privados a nivel nacional, sin ningún costo hasta un valor de USD 3.000 que es el monto máximo de la protección por gastos médicos; adicionalmente, puede ser trasladada en ambulancia de forma gratuita hasta un valor de USD 200, que es el monto máximo de la protección por atención prehospitalaria.

Para acceder a las protecciones por gastos médicos y atención prehospitalaria las víctimas o sus familiares no deben realizar ningún trámite ya que el reembolso de valores por servicios médicos y atención prehospitalaria, se realiza entre el SPPAT y las diferentes casa de salud de acuerdo a la normativa vigente establecida por el Ministerio de Salud.

Los establecimientos de salud que no presten la atención debida a las víctimas de accidentes de tránsito, serán sancionados conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Salud. (Artículo 10. Resolución de Directorio Nro. 02-D-SPPAT-2016)

Nota: En caso único que el usuario pagó los gastos médicos por siniestro de tránsito,  el usuario podrá presentar el reclamo y el SPPAT realizará un proceso de revisión documental y auditoría médica, para determinar el reconocimiento de los valores.

  • Con base en la Resolución Nro. SPPAT-SPPAT-2023-0055-R, con fecha 23 de noviembre del 2023 y publicado en nuestro portal web para conocimiento de la ciudadanía, se adjunta el formulario para solicitar la protección económica por gastos médicos persona natural
  • «Las acciones de cobro derivadas del SPPAT prescribirán en un año a partir de suscitado el accidente de tránsito.»(Art. 12 Normativa SPPAT vigente.)

Para entregar la documentación, se puede realizar de las siguientes maneras:

– De forma presencial en las oficinas a nivel nacional.

– Mediante envío de documentos a través de los servicios de entrega a domicilio (Courier: empresas de mensajería y paquetería a nivel nacional)

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EL FORMULARIO PARA EL PROCESO