Vehículos del sector público están exentos del pago de multas y recargos al SPPAT
Boletín 007
Quito, 29 de julio de 2026.

En el marco del proceso de simplificación de trámites que impulsa la institución, el Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT) informa a las entidades públicas sobre la normativa vigente en materia de recargos vehiculares.
De conformidad con la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, los vehículos pertenecientes al sector público están exentos exclusivamente del pago de multas y recargos generados por el retraso en el pago de la tasa anual del SPPAT.
Esta disposición no exonera el pago de la tasa anual del SPPAT. Por tanto, todas las instituciones públicas deben cumplir con la cancelación de este valor para la matriculación vehicular, según el calendario fijado por la autoridad competente.
Con esta aclaración, el Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT) ratifica su compromiso con la eficiencia administrativa, la seguridad jurídica y la correcta aplicación de la normativa, garantizando información clara y oportuna para las instituciones del Estado y la ciudadanía.
Para mayor información sobre nuestros servicios y normativa vigente, visite nuestro portal web: www.sppat.gob.ec