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El sistema vial es fundamental para la comunicación efectiva de los ciudadanos. Creada y utilizada por los seres humanos, la red vial está constituida por calles urbanas y rurales, avenidas, autopistas, carreteras, caminos vecinales, y sus obras complementarias como puentes, veredas, señalización, iluminación, entre otras. A ellas también se suma la red ferroviaria.

En base al artículo 7 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, las vías de circulación terrestre son bienes nacionales de uso público abiertos al tránsito nacional e internacional de peatones y vehículos motorizados y no motorizados. Constitucionalmente, el Estado es el encargado de garantizar la libre movilidad de todos los actores del sistema vial.

En la actualidad, la infraestructura vial vive un cambio histórico. Carreteras y caminos, antes olvidados, hoy son el pilar fundamental para conectar a los ciudadanos e impulsar la economía del país.

En este escenario, la política pública de este sector propicia la seguridad en la movilidad, norma el transporte y tránsito terrestre, y protege a los ciudadanos ante un accidente de tránsito que se produzca en el sistema vial ecuatoriano.

El Sistema Nacional de Transporte se rige a las políticas, regulaciones, planes, programas y proyectos  establecidos por el Ministerio de Transporte y obras Públicas. Se impulsa el cambio de matriz productiva con infraestructura de primera calidad y usuarios protegidos.

La protección se establece desde la prevención de accidentes de tránsito, con ciudadanos formados y capacitados en el uso correcto de la red vial. El Estado lo asegura a través de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

A pesar de los esfuerzos por concientizar a los actores viales, la imprudencia y la impericia generan accidentes de tránsito. Para ello, este gobierno invirtió en tecnología de punta para crear el Sistema Integrado de Seguridad ECU 911, que brinda atención permanente a los casos de emergencia que suceden en el país, entre ellos los casos de tránsito.

La atención de este gobierno también llegó a los hospitales y centros de salud públicos de este país. Bajo las políticas del Ministerio de Salud Pública, hoy todo ciudadano que sufre un accidente en las vías tiene derecho a recibir atención médica inmediata, ya sea pública o privada.

Para cerrar la política pública en busca de la seguridad vial, el Estado ecuatoriano estableció mediante Decreto Ejecutivo No. 805 publicado en el Registro Oficial No. 635 del 25 de noviembre de 2015, la creación del Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT), para cumplir la gestión del anterior FONSAT, con el fin de amparar económicamente a cualquier ciudadano, sea conductor, pasajero o peatón, que sufra lesiones o falleciere debido a un accidente vehicular.

Las protecciones se brindan incluso sin que se identifique al responsable o los responsables de un accidente y no tiene límite de amparo según el número de víctimas, ya que su fin es salvaguardar la vida del ser humano, sin discriminación alguna.

Con ello, el Estado ecuatoriano garantiza un sistema integrado de protección a los ciudadanos que transitan por la red vial, y propicia el funcionamiento de un servicio público eficiente para la ciudadanía.